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03 Febrero 2025

La Audiencia Provincial de Madrid avala la facultad investigadora del COEM sobre las clínicas dentales


En una sentencia de 23 de enero de 2025, la sección 1ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la condena por intrusismo, impuesta por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Móstoles, a la propietaria de una clínica (sin el título habilitante para ejercer la profesión).

La condenada ordenó la realización de una radiografía y previo examen y análisis de la misma, realizó una serie de comentarios sobre la necesidad de elevación de seno maxilar y las condiciones que debía presentar el hueso dental para realizar la misma, prescribiendo posteriormente la realización de un TAC. 

Uno de los puntos más relevantes de la sentencia es que avala la intervención de los detectives del Colegio para investigar el funcionamiento de las clínicas dentales y de los profesionales que trabajan en las mismas, lo que hace con un párrafo concluyente: “Investigación prospectiva. Se alega por la recurrente que ni la acusación: COEM, ni los detectives consiguieron concretar qué sospechas había que justificaran la investigación de la acusada. Sin embargo, como bien dice el magistrado a quo el COEM tiene facultades de control y fiscalización de los diferentes centros o clínicas dentales en su ámbito geográfico; y es dentro de esa competencia lo que le permite ordenar informes a detectives privados cuando lo considera oportuno en defensa de los intereses de su colectivo. Y para ello, añaden desde COEM, no es necesario justificar o probar cuándo está o no justificada el ejercicio de dicha competencia. De hecho, como se señala acertadamente en la sentencia recurrida, el COEM tiene cobertura legal para poder hacer esa labor, según un comunicado de la entidad colegial. Efectivamente, el Art. 50 del Real Decreto 2898/98 habilita al colegio a adoptar, así reza en la sentencia, las medidas de control, persecución de aquellas actuaciones indignas o indecorosas y de intrusismo”. 

Desde el COEM seguirán investigando, denunciando y, en la medida de lo posible, persiguiendo aquellas conductas que suponen una injerencia en el ejercicio profesional y con ello un ataque a la profesión.

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